Estudio de Arquitectura Técnica. Gestión y Control de Obras.
   
  jrguerrero
  Coordinación de Seguridad
 
EL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD:

Según la legislación vigente, cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

Básicamente, la figura de coordinador de seguridad recae en un técnico designado por el promotor de la obra que cuenta con formación de Ingeniero, Ingeniero técnico o Arquitecto, Arquitecto técnico y formación en seguridad laboral.

Su misión en la obra es, fundamentalmente:

Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:
-Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.
-Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.

Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. La dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.
Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. Si no fuera necesaria la designación de coordinador, la dirección facultativa asumirá esta función.
Comúnmente, se confunden las obligaciones del coordinador, con las obligaciones del contratista, como son informar de los riesgos o vigilar su cumplimiento.



Los objetivos de un buen profesional durante su actividad como coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra son, principalmente:

Eliminación de la siniestralidad.
Cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud.
Consecución de unas adecuadas condiciones de trabajo.

Todo ello, colaborando en todo momento con la propiedad y la dirección de la obra.

Para llevar a cabo esta labor, hemos desarrollado una metodología de trabajo, basada en los siguientes puntos:
 
Realización de visitas de coordinación a obra con la posterior emisión de la correspondiente acta de visita.
Identificación continua de las principales situaciones de riesgo propias de la fase en que se encuentre la obra y, en consecuencia, de la acción preventiva para los riesgos identificados.
Control del correcto uso y mantenimiento de las protecciones colectivas, equipos de protección individual, medios auxiliares, equipos de trabajo y señalización.
Realización de auditorías a las distintas empresas, contratistas y subcontratistas sobre el cumplimiento de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1997, la documentación de prevención de riesgos laborales, y el cumplimiento de las condiciones y distintas normativas que le sean de aplicación a las máquinas, equipos e instalaciones que intervengan en la obra.
Redacción de informes mensuales que permitan conocer la evolución de la obra en materia de seguridad y salud, y las acciones llevadas a cabo por el coordinador de seguridad y salud durante la fase de ejecución.
Convocar periódicamente la celebración de reuniones de seguridad con los representantes de las diferentes empresas contratistas y subcontratistas, con la finalidad de coordinar las actividades empresariales, resolver problemas y obtener compromisos por parte de las partes implicadas.
Cumplimentación del Libro de Incidencias, enviando copia, si procede, a la Inspección de Trabajo en el plazo máximo de 24 horas.

Contacto...

 
  Juan Ramón Guerrero -aparejador- tel. (+34) 699 653 753 fax (+34) 918 947 446 jrguerrero@terra.es  
 
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